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El Proyecto de Ley enviado al Congreso por Milei prohíbe la intervención estatal en los precios de los combustibles

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La Ley Ómnibus denominada “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, establece que el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción.

El presidente Javier Milei envió al Congreso nacional el “paquete de leyes” anunciado para ser tratado en sesiones extraordinarias, que lleva por título “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”.

Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación“, argumenta el texto publicado en la cuenta de la Oficina del Presidente.

Milei, por su parte, celebró la presentación del proyecto con el que pretende desregular las leyes argentinas en un posteo en sus redes sociales: “Vamos por una Argentina libre y próspera. Viva la libertad carajo”.

La iniciativa (ver al pie) que consta de 664 artículos, incluye un capítulo específico destinado a la profundización de la libre comercialización, competencia y ampliación de los mercados energéticos.  

Al respecto, el 258 establece que los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan y, consecuentemente, podrán transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y comercializar sus derivados libremente, conforme la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación.

Asimismo, dispone que “el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción”. Y agrega -haciendo alusión a YPF-, que en el caso de empresas estatales “estas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación según corresponda”.

Actualmente un litro de Nafta Súper está valorizado internacionalmente en alrededor de 762.9 pesos mientras que en el mercado doméstico promedia los 623.2 pesos; en tanto que el de gasoil grado 2, sale 918 pesos el litro y en Argentina, 679 pesos.

En este sentido y de acuerdo al análisis efectuado por el exsecretario de Energía Daniel Montamat, tomando en cuenta esta variable, aun restaría aplicar un aumento del 18 por ciento para las naftas y 26 por ciento en el caso del gasoil.


¿Cómo impacta el Decreto de desregulación económica en el ámbito laboral de las Estaciones de Servicio?

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El abogado especialista en el sector expendedor, Francisco Berdaguer, detalló ciertos puntos de quiebre que contiene el decreto en relación a la actividad de la venta minorista de combustibles.

El reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, proclamado por el presidente Javier Miliei como “Un nuevo paradigma – Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina“, generó reflexiones entre las Estaciones de Servicio, que vienen reclamando modificaciones en el marco de la generación de empleo.

En este contexto, el reconocido abogado laboralista y asesor de expendedoras Francisco Berdaguer, destacó a surtidores.com.ar aspectos que, a su entender, podrían incidir positivamente en la contratación de personal y en la gestión laboral de las Estaciones de Servicio.

El letrado consideró que uno de los puntos sobresalientes del DNU es la inclusión del artículo 20 bis en la Ley N° 23.551, que otorga a las asociaciones sindicales el derecho a convocar asambleas y congresos de delegados sin perturbar las operaciones normales de las empresas ni afectar a terceros. “Este aspecto se presenta como una herramienta valiosa para combatir situaciones de bloqueos sindicales que podrían afectar el funcionamiento regular de estas estaciones”, apuntó.

Agregó que la adición del artículo 20 en la misma ley establece acciones prohibidas, entre ellas, la de perjudicar la libertad de trabajo, bloquear o tomar un establecimiento, o causar daños a personas o bienes de la empresa o de terceros.

Bajo estas condiciones, Berdaguer justificó que esta disposición del Poder Ejecutivo representa “una buena noticia para el sector”, ya que brinda un marco legal más transparente para evitar situaciones de conflicto que podrían perjudicar la estabilidad laboral y operativa de las operadoras de combustibles.

Otro aspecto que el lego observó cómo relevante pasa por la modificación del artículo 9 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) referente al “principio de la norma más favorable para el trabajador“.

En ese sentido, Berdaguer comentó que esta modificación incorpora nuevas pautas, lo cual contribuye a evitar interpretaciones “simplistas”. Aseveró que esta disposición adquiere relevancia al momento de aplicar convenios colectivos de trabajo (CCT) como el 488, especialmente cuando se intenta su aplicación fuera del ámbito territorial y personal establecido.

En ese orden de cosas, opinó que en lo concerniente a los despidos con causa, el DNU incorpora expresamente la consideración de los bloqueos o tomas de establecimientos como justificación para el cese de la relación laboral. “Se presume que existe una falta grave cuando durante una medida de acción directa se afecta la libertad de trabajo, se impide el ingreso o egreso al establecimiento, o se ocasionan daños a personas o bienes de la empresa o de terceros”, ponderó.

También explicó que el procedimiento para el despido con causa implica la previa intimación al trabajador para cesar en la conducta injuriosa, excepto en situaciones donde los daños a personas o bienes hacen innecesaria dicha intimación.

Para el asesor legal, el DNU 70/2023 presenta aspectos que podrían influir de manera positiva en el ámbito laboral de las Estaciones de Servicio, ofreciendo herramientas para gestionar conflictos sindicales, aclarar la aplicación de principios laborales y establecer bases más claras para los despidos con causa en casos específicos.

Basado en estas primeras muestras del sondeo sobre el texto en general, Berdaguer concluyó en que si bien actualmente la situación de las Estaciones de Servicio, no están en situación de ampliar su personal debido a la coyuntura de recesión económica, “a mediano o largo plazo será favorable a los empresarios ya que impulsará una mejor calidad de competencia, con reglas claras más accesibles para generar nuevas y mejores fuentes de empleo en el ámbito estacionero”.


Pagos con tarjetas: lo que modifica el DNU de Milei y cómo impacta en Estaciones de Servicio

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En un contexto de redefinición normativa, la reciente resolución del BCRA y las últimas decisiones del gobierno nacional generan interrogantes sobre el futuro del mercado.

El tema tarjetas ha sido uno de los constantes desafíos que han destacado en este 2023 para las Estaciones de Servicio.

En un contexto de congelamiento y retraso de precios en los surtidores, la alta inflación y los aumentos paritarios, los clientes pagaban con tarjetas bancarias y los plazos de acreditación eran extensos y las comisiones muy altas, agudizando las pérdidas de los estacioneros.

En este sentido, las diferentes cámaras provinciales y la Confederación de Entidades del Comercio e Hidrocarburos de Argentina (CECHA) han trabajado para que las autoridades escuchen esta problemática, logrando una resolución del BCRA favorable.

Desde el 15 de octubre comenzó a regir la circular que especifica que las Estaciones de Servicio que sean micro o pequeñas empresas o cuyo titular sean personas humanas tendrán acreditado en cinco días hábiles el importe de las ventas efectuadas en un pago con tarjeta de crédito, en lugar de los ocho que rige la norma hasta el momento (que en la práctica se puede terminar acreditando dentro del plazo de 10 o 15 días corridos).

Sin embargo, el anuncio del Decreto de Necesidad y Urgencia realizado por el actual presidente Javier Milei que deroga y modifica más de 300 normativas que tienen como fin principal desregular la economía, nuevamente preocupa al sector sobre cómo impactará en el mercado.

En diálogo con surtidores.com.ar, Alberto Boz brindó tranquilidad al afirmar que, por el momento, no se modificó esta normativa y destacó especialmente: “Los plazos de acreditación de pagos se mantienen en cinco días hábiles desde que se realiza una venta”.

Asimismo, explicó que el cambio más significativo introducido por el DNU se refiere a la eliminación del tope de intereses punitorios en casos de atrasos en los pagos con tarjeta, lo que significa que las entidades financieras ahora tienen la libertad de establecer los intereses punitorios sin un límite preestablecido.

“Hoy la situación hace que la gente tienda a financiarse con la tarjeta, con lo cual esta medida les impacta directamente y podría contribuir a la reducción de la demanda”, añade Boz y concluye en que para los estacioneros el uso de tarjetas se mantiene igual que hasta ahora, sin modificaciones.


El gobierno limita el derecho a huelga a empleados de Estaciones de Servicio

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El Decreto 70/23, que sienta las bases para la “Reconstrucción de la Economía Argentina”, establece que la comercialización de combustibles será un “servicio esencial” y en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75 por ciento de la prestación normal del servicio.

El Gobierno estableció pisos de cobertura mínima para actividades consideradas como servicios esenciales y de “importancia trascendental“, de modo tal que las organizaciones sindicales o de trabajadores “no podrán negociar o imponer a las partes” una prestación menor a los estipulado.

A través del artículo 97 del Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulación económica anunciado por el presidente Javier Milei, el Poder Ejecutivo dispuso la “sustitución” del artículo 24 de la Ley N° 25.877″ por un nuevo artículo que establece que “los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos” a nuevos “garantías de prestación de servicios mínimos“.

Así, dispuso que en los servicios esenciales “en ningún caso podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al setenta y cinco por ciento de la prestación normal del servicio de que se tratare“.

El artículo considera como “esenciales” a los “servicios de producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial” entre otros.

se consideraran servicios esenciales en sentido estricto, las actividades siguientes:

a: los servicios sanitarios y hospitalarios, asi como el transporte y distribucion de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicis farmaceuticos.

b: la produccion, transporte, distribucion y comercializacion de agua potable, gas y otros combustibles y energia electrica.

Asimismo, en el caso de las actividades o servicios de importancia “trascendental“, en ningún caso “se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al cincuenta por ciento”.

Además, el DNU establece que “una comisión independiente y autónoma, denominada Comisión de Garantías, integrada según se establezca en la reglamentación, por cinco miembros de reconocida solvencia técnica, profesional o académica en materia de relaciones del trabajo, podrá calificar como ‘servicio esencial’ o servicio de importancia ‘trascendental’ una actividad no incluida en las enumeraciones precedentes” cuando se dieren “circunstancias” determinadas como “extensión y duración de la interrupción de la actividad de que se tratare pudiere poner en peligro la vida, salud o seguridad de las personas” y cuando la “actividad afectada constituyere un servicio público de importancia trascendental o de utilidad pública“.

También cuando se produzca la “interrupción o suspensión del servicio pudiere provocar una situación de crisis nacional aguda que hiciere peligrar las condiciones normales o de existencia de parte de la población“, y cuando “la interrupción o suspensión de la producción pudiere poner en peligro el adecuado abastecimiento de productos críticos para la población y/o afectar metas de recaudación asociadas a las políticas de equilibrio fiscal“.


Incorporación como Diputado Nacional del Dr. Gabriel Bornoroni

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7 de diciembre de 2023

Sr. Diputado Nacional

Dr. Gabriel Bornoroni

De nuestra mayor consideración

            Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a los fines de expresarle nuestras mayores felicitaciones por su incorporación como Diputado Nacional, cuyo juramento concretado en el día de la fecha, nos llena de orgullo y satisfacción por ser en su origen dirigente y empresario de nuestra querida actividad.            

            Ciframos las mayores esperanzas que vuestros conocimientos del sector permitan aportar en el plano legislativo toda su experiencia y pueda con el tiempo necesario lograr avanzar sobre aquellas cuestiones que nos hemos marcado como objetivo social y económico para el beneficio de toda la familia estacionera, sean trabajadores y empresarios, cuyos esfuerzos y trabajo modelan indiscutiblemente la Argentina que hoy todos deseamos.

Nuevamente Felicitaciones

Un cordial y sincero saludo, le deseamos en nombre de todo el Consejo Directivo de CECHA.


Estacioneros argentinos plantearon la crisis de rentabilidad ante sus colegas de Latinoamérica

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Como en cada edición, CECHA estuvo presente en el encuentro número 61 de la Comisión Latinoamericana de Empresarios de Combustibles (CLAEC), celebrada en la Ciudad de Oaxaca, México, donde se desarrollaron dos intensas jornadas de intercambio de experiencias del sector expendedor.

Tras la finalización de la Asamblea, el referente de la Confederación de Entidades de Comercio de Hidrocarburos y Afines de la Argentina (CECHA), Carlos Gold, destacó la relevancia de estos debates. “Fueron reuniones enriquecedoras donde se puso en agenda una serie de aspectos fundamentales que inciden en la estructura de costos y rentabilidad de nuestras Estaciones de Servicio“, declaró.

En ese marco, quien además se desempeña como presidente de la Cámara de Expendedores de Corrientes, explicó a surtidores.com.ar que estos encuentros sirvieron como escenario para abordar y analizar profundamente cinco temas cruciales que impactan directamente en el sector en toda Latinoamérica.

En primer lugar, detalló que  los temas centrales abordados giraron en torno al impacto de las tarjetas de crédito en la estructura de costos y rentabilidad, el costo laboral, la electromovilidad y la transición energética, conceptos que en la actividad argentina vienen tomando especial relevancia en los últimos años.

Con todo ello, el empresario resumió que el asunto de la rentabilidad ocupó un lugar preponderante en las discusiones, ya que se subrayó la necesidad de corregir las distorsiones existentes para recuperar el margen de ganancia “que a nivel local se ha visto licuado por la inflación y los precios regulados”, enfatizó.

Haciendo un balance y comparando a la Argentina con los países que participaron del evento, Gold, resaltó lo que para su visión resulta una lamentable conclusión: “ La realidad nuestra nos sitúa en un lugar desfavorable en el escenario regional, principalmente en lo que respecta a precios, porque somos el país con el combustible más barato después de Venezuela“, añadió el dirigente.

Otro aspecto relevante que emergió durante el encuentro fue la reflexión sobre el papel actual de las Estaciones de Servicio. Se planteó si las bocas de expendio están hoy orientadas principalmente hacia la venta de combustible o si su enfoque fue cambiando hacia el predominio de las tiendas de conveniencia. “Esta última parece haber ganado terreno, eclipsando en parte el negocio del combustible”, expresó Gold.

El directivo -quien participó de esta nueva edición junto al presidente de la Cámara de Expendedores de Combustibles de Neuquén y Río Negro, Marcelo Pirri- destacó el esfuerzo del Comité Ejecutivo de la CLAEC, integrado por cinco representantes, para fortalecer la institución como un organismo de mayor relevancia a nivel regional e internacional. “Estamos trabajando arduamente para interactuar eficazmente con los gobiernos de los países miembros y establecer relaciones con organismos europeos y estadounidenses“, coincidieron los dirigentes argentinos.